

Recientemente se homologó y publicó un acuerdo de incremento salarial que regirá desde abril de 2022 hasta marzo de 2023.
El aumento escalonado arrojará un total del 59,5% sobre los salarios básicos del mes de abril de 2022, a pagar en siete tramos: 6% en abril, 6% en mayo, 6% en junio, 10% en agosto, 10% en septiembre, 11% en noviembre, 10,5% en enero de 2023, éste último ya impacta en el período impositivo siguiente 2023.
Tomando valores, solo a modo estimativo, en remuneraciones brutas menores a $185.000 pesos desde enero 2022, el incremento mencionado no se ve afectado por el impuesto a las ganancias.
Hasta septiembre, se incrementa la deducción especial para que los trabajadores no se vean afectados por el impuesto a las ganancias, pero desde octubre se empiezan a aplicar las retenciones establecidas en la RG 4003.
Veamos, que sucede con un salario, que no se veía afectado por el impuesto, y como es su progresión hasta diciembre 2022.
Partiendo a modo de ejemplo sobre un salario bruto de $195.000, y aplicando los incrementos escalonados, solo considerando el salario, a partir del mes de octubre corresponde retener ganancias y aplicar la deducción incrementada establecida en la RG 4003E, tal lo detallamos en los cuadros siguientes:
Hasta el mes de septiembre incluido, analizando solo la remuneración, se incrementa la deducción especial con el objetivo que los trabajadores en relación de dependencia no se vean afectados por el impuesto a las ganancias, a partir del mes de octubre y en adelante, corresponde practicar retenciones y se aplican los límites de la RG 4003 a tal efecto..