

Para los fiscales y la querella, los ocho imputados idearon un plan con el objetivo de asesinar a golpes y en grupo a Fernando Báez Sosa. Para la defensa, en cambio, la organización no existió y la muerte se produjo por exceso. Después de quince jornadas de debate, alegatos incluidos, y 87 testigos, hoy a las 13 los jueces que componen el Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Dolores dictarán su sentencia.
María Claudia Castro -presidenta del Tribunal-, Emiliano Lazzari y Christian Rabaia resolverán en su fallo si a todos los acusados les corresponde la prisión perpetua, si solo alguno de ellos recibe esa sentencia, o si el hecho se encuadra en una figura más leve y reciben una pena menor, que incluso podría significar la salida de la cárcel casi inmediata, por los casi tres años que llevan con prisión preventiva.
Fernando Báez Sosa, 18 años, murió en la madrugada del 18 de enero de 2020 en Villa Gesell luego de ser atacado a golpes. Por el hecho, Máximo Thomsen (23), Enzo Comelli (22), Matías Benicelli (23), Blas Cinalli (21), Ayrton Viollaz (23), y Luciano (21), Ciro (22) y Lucas Pertossi (23) llegaron al juicio imputados por “homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas”. Para las partes acusatorias la evidencia indica que después de un cruce adentro de la disco Le Brique, los ocho jóvenes idearon una venganza que terminó con la muerte de Báez Sosa. La defensa de los agresores no niega el hecho, pero pone en cuestionamiento la intención de matar, que haya existido un plan y que la víctima no pudo defenderse del ataque.
Las partes acusadoras sostuvieron que hubo “dolo”, es decir: un plan mentado para asesinar a Fernando.
Hugo Tomei, abogado defensor de los ocho, rebatió la acusación con la que sus asistidos llegaron a juicio. Para la defensa la agresión existe, pero también existen varios “pero”: a su entender, fiscalía y querella no pudieron comprobar la intención de matar ni la planificación, y también es discutible que la víctima haya estado indefensa al momento del ataque. Tomei apuntó que sus asistidos deberían ser absueltos por la “incongruencia” entre la imputación original y la planteada por la acusación en sus alegatos. Pidió que, en caso de ser condenados, el hecho debería ser encuadrado como un homicidio en riña, que contempla una pena máxima de seis años, u homicidio simple con dolo eventual, delito que prevé una pena de 8 a 25 años de cárcel. Tres años después de aquella madrugada fatal, con una cantidad de prueba entre informes, pericias y testigos, muchos de ellos presenciales del hecho, el juicio llega al final.
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