El Gobierno presentó el texto de la nueva ley ómnibus y del paquete fiscal, con la restitución de Ganancias

Economía 10 de abril de 2024
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El Gobierno nacional dio a conocer los dos proyectos de ley más importantes de la gestión del presidente Javier Milei: la nueva versión de la propuesta Bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos, bautizada ley ómnibus por la cantidad y heterogeneidad de sus medidas, y el paquete de medidas fiscales, que vuelve a bajar el piso a partir del cual los trabajadores pagan el impuesto a las Ganancias.      

Las dos iniciativas fueron dadas a conocer públicamente después de dos meses de negociaciones que encabezaron el ministro de Interior, Guillermo Francos, y el jefe de Gabinete, Nicolás Posse, con los gobernadores, los diputados que les responden y los jefes parlamentarios que forman parte de la oposición dialoguista.

El paquete de medidas fiscales incluye:

• La creación del Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de Seguridad Social.

• El Régimen de Regularización de Activos.

• La modificación del Impuesto sobre los Bienes Personales e Impuestos Internos.

• La eliminación del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas.

• La modificación del Impuesto a las Ganancias.

• La modificación del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

• Y la creación del Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor.

Respecto del impuesto a las Ganancias, se establece que se empezará a pagar una vez que se excedan los $1,8 millones de mínimo no imponible.

A su vez, la nueva ley ómnibus tiene un 57% menos de artículos que el texto que el Poder Ejecutivo había mandado: el original, que no pasó el filtro de la Cámara de Diputados, tenía 664 artículos y el actual tiene 279.

Estos son los principales puntos de esta ley Bases:

• Se declara la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por un año.

• El Gobierno podrá intervenir, también por un año, los siguientes organismos descentralizados, empresas y sociedades: Nucleoeléctrica Argentina SA, Banco Nación, Nación Seguros, Nación Reaseguros, Nación Seguros de Retiro, Nación Servicios, Nación Bursátil, Pellegrini SA y Yacimiento Carbonifero Río Turbio (YCRT). Quedan exceptuados de estas posibles intervenciones las universidades nacionales, el Conicet, el INTA y las instituciones de la seguridad social.

• Se declara “sujeta a privatización” a las empresas Aerolíneas Argentinas SA, Energía Argentia SA, Radio y Televisión Argentina SE (Televisión Pública y Radio Nacional) e Intercargo SAU. Para proceder a la privatización de tales empresas y sociedades se podrá considerar la transferencia a las Provincias de contratos que se encuentren en ejecución, dice el proyecto.

• A su vez, se declaran sujetas a privatización/concesión las siguientes: AySA, Correo Oficial, Belgrano Cargas y Logística, Sociedad Operadora Ferroviaria (Sofse) y Corredores Viales. Igual que con la tanda anterior, para proceder a la privatización de tales empresas y sociedades se podrá considerar la transferencia a las Provincias de contratos que se encuentren en ejecución.

• El Gobierno podrá renegociar o rescindir contratos de obra pública, de concesión de obra pública, de construcción o provisión de bienes y servicios y sus contratos anexos y asociados.

• Los empleadores podrán regularizar las relaciones laborales vigentes del sector privado iniciadas con anterioridad a la fecha de promulgación de la presente ley. La regularización podrá comprender relaciones laborales no registradas o relaciones laborales deficientemente registradas, dice el proyecto.

• Se faculta al Poder Ejecutivo nacional, durante un año, a disponer la derogación o modificación de las nomas de rango legal que: a) generen, de forma manifiesta, distorsiones en los precios de mercado, un sobrecosto en el sector regulado, o la escasez de bienes y servicios sin justificación de interés público suficiente; b) impliquen la constitución de monopolios artificiales en actividades en las que sea posible la competencia; o c) se vinculen con la negociación de instrumentos de oferta pública a los fines de fomentar el uso de los mismos.

• Régimen de incentivo para grandes inversiones (RIGI).

• Derogación de la ley 27.705, que crea el Plan de Pago de Deuda Previsional, cuyo objeto es el ingreso de aportes previsionales para el acceso a las prestaciones previsionales.

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