Aprobaron la nueva Ley de Alquileres: el oficialismo impuso sus reformas

El País 11 de octubre de 2023
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La Cámara de Diputados convirtió en ley, por 128 contra 114 votos, el proyecto de reforma de alquileres con los cambios incluidos por el Senado impulsados por el Frente de Todos, con lo cual los contratos entre propietarios e inquilinos se mantendrán por tres años y tendrán una actualización semestral, en lugar de anual como establecía la actual norma.

Con la sanción de este proyecto los contratos se mantienen en tres años los cuales deberán ser estipulados “en valor único en moneda nacional y por períodos mensuales sobre el cual podrán realizarse ajustes con periodicidad a intervalos no inferiores a seis meses”.

También, el Senado modificó el mecanismo de actualización del precio de los alquileres y estableció que “los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del coeficiente de variación salarial publicado por el Indec y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), publicado por el BCRA”.

El texto aprobado por el Senado, además, incorporó un último párrafo sobre el artículo 9, en el que determinó que “los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo”.

Además, fija que cualquier “publicidad, en cualquier medio o plataforma, que incluya precio de locaciones de inmuebles con destino habitacional debe realizarse en moneda nacional” y elimina la posibilidad de los pagos a inquilinos por adelantado.

En cuanto a los beneficios impositivos los propietarios no pagarán bienes personales sobre los inmuebles que se pongan en alquiler. Tampoco pagarán el impuesto al cheque en las cuentas bancarias destinadas a cobrar esos contratos que se encuentren “debidamente registrados” ante la AFIP.

En cambio, el texto con media sanción de Diputados establecía que los contratos de alquiler debían tener un plazo mínimo de dos años, contra los tres años que rigen en la actualidad, y que los ajustes podían hacerse cada cuatro meses con la libertad de ambas partes para elegir el mecanismo a emplear para calcular el porcentaje entre varias fórmulas o índices.

Siempre de acuerdo con el texto que había sido aprobado por la Cámara de Diputados, el menú de posibilidades a elegir estaba conformado por el Índice de Precios al Consumidor (IPC), el Índice de Precios Mayoristas (IPM) y el Índice de Salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec). También se contemplaba como opción que las partes pudieran acordar adoptar una combinación de estos índices.

Las claves.
La nueva ley mantiene el plazo mínimo legal de alquiler para viviendas en tres años, a diferencia del proyecto original de Diputados, que bajaba la duración de los contratos a dos años.

Además, dispone que las actualizaciones se hagan cada seis meses como mínimo, y no cada 4 como en la propuesta de la oposición que había votado en primera instancia la Cámara Baja.

También determina que los ajustes deberán efectuarse de acuerdo con un coeficiente conformado por la menor variación que surja al comparar el promedio del 0,9 de la variación del coeficiente de variación salarial del Indec y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) que publica el Banco Central.

Los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo.

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