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title: "AFIP elimina la obligación de registrar contratos de alquiler, pero mantiene beneficios fiscales con requisitos"
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date_published: "2024-08-12T10:25:00-03:00"
date_modified: "2024-08-12T11:05:52-03:00"
category_name: "Economía"
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# AFIP elimina la obligación de registrar contratos de alquiler, pero mantiene beneficios fiscales con requisitos

![IMG_3778](/download/multimedia.normal.8aa789bf3ea8c4d6.SU1HXzM3Nzhfbm9ybWFsLndlYnA=.webp)

**La AFIP suprimió el requisito de informar todas las operaciones concertadas entre locadores y locatarios ante el organismo. ¿Qué pasará con los contratos que ya están registrados?**

La Administración Federal de Ingresos Públicos eliminó la **obligación de registrar los contratos de alquiler** de inmuebles urbanos y rurales. El organismo informó en un comunicó que de esta forma "continúa con su proceso permanente para **reducir la carga administrativa y burocrática** de los contribuyentes y responsables".

Por medio de la Resolución General 5545/2024, la AFIP suprimió el requisito de informar todas las operaciones concertadas entre locadores y locatarios ante el “Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI)”, en virtud del **Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023, que derogó la ley de alquileres.**

Al mismo tiempo, la nueva resolución establece que los contribuyentes que quieran gozar de los beneficios fiscales en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y en los impuestos sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, sobre los **Bienes Personales y a las Ganancias** -contemplados en la ley 27.737- **deberán declarar sus contratos de alquiler en el servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles - RELI” de la web del organismo con clave fiscal, antes del 30 de septiembre de 2024 o dentro de los 15 días corridos posteriores a su celebración, según el caso**.

Esta simplificación en las operaciones inmobiliarias impulsada por la AFIP se suma a la **derogación del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA)**, el documento que debía emitirse al vender un automotor o motovehículo usado y radicado en el país.

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