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title: "Se reglamentó la ley de digitalización de historias clínicas: de qué se trata"
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# Se reglamentó la ley de digitalización de historias clínicas: de qué se trata

![IMG_6073](/download/multimedia.normal.89c084f3751c785b.SU1HXzYwNzNfbm9ybWFsLnBuZw==.png)

**El gobierno reglamentó la Ley sobre Digitalización de Historias Clínicas. El proyecto fue aprobado en febrero y busca implementar un sistema único donde los pacientes tengan acceso a su historia clínica de manera digital.**

El registro dejará constancia de todas las intervenciones médico-sanitarias, tanto en establecimientos públicos como en privados, y los datos clínicos de una persona desde su nacimiento hasta su muerte. La consulta de los datos quedará restringida a quien esté autorizado.

Uno de los objetivos es generar un "marco de interoperabilidad entre los sistemas que se encuentren en funcionamiento con los sistemas a crear, tanto en el sector público, privado y del ámbito de la seguridad social".

De acuerdo a la normativa, toda la información de los pacientes quedará documentada en un sistema único, “en el que se dejará la constancia de toda intervención médico-sanitaria a cargo de profesionales y auxiliares de la salud, que se brinde en el territorio nacional, ya sea en establecimientos públicos del sistema de salud de jurisdicción nacional, provincial o municipal, y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como en establecimientos privados y de la seguridad social”.

**A su vez, el Sistema Único de Registro de Historias Clínicas Electrónicas "debe contener los datos clínicos de la persona o paciente, de forma clara y de fácil entendimiento, desde el nacimiento hasta su fallecimiento".**

La información del paciente es **confidencial**, esto es, el sistema informático deberá impedir que los datos sean leídos, copiados o retirados por personas no autorizadas.

En cuanto al acceso, la ley informa que: "El paciente es titular de los datos y tiene en todo momento derecho a conocer la información en la Historia Clínica Electrónica que es el documento digital, obligatorio, con marca temporal, individualizada y completa, en el que constan todas las actuaciones de asistencia a la salud efectuadas por profesionales y auxiliares de la salud a cada paciente, refrendadas con la firma digital del responsable".

En definitiva, busca garantizar “la preservación de la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información, además de otras propiedades, como autenticidad, responsabilidad, no repudio y fiabilidad”.

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