Sociedad 02 de mayo de 2024

La Corte Suprema desestimó dos planteos contra la vigencia de la interrupción voluntaria del embarazo

Un grupo de personas promovió una acción de amparo contra el Estado Nacional, para que se declarara la inconstitucionalidad de la ley 27.610, que autoriza la interrupción voluntaria del embarazo.

Se trata de los casos “Kulanczynsky, Marisa Esther y otros c/ EN - M Salud de la Nación s/ amparo ley 16.986″ y ”Kulanczynsky, Marisa Esther y otros c/ EN - Poder Ejecutivo s/ amparo ley 16.986″. Ambos fueron rechazados en primera instancia y, tras la presentación de un recurso de apelación, la Sala V de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó ese pronunciamiento.

Los recursos reclamaban a la Justicia la inconstitucionalidad de la ley que autoriza la interrupción voluntaria del embarazo, sancionada en diciembre de 2020 por el Senado y que entró en vigencia en enero de 2021.

El máximo tribunal, sin entrar sobre el fondo de la cuestión, dejó por una cuestión técnica firme el criterio tomado en instancias anterior: no había un caso o controversia.

En todo el país ya han sido rechazados 34 demandas similares, en diferentes fueros y provincias. Amnistía Internacional se pronunció en un comunicado: “Con esta sentencia queda firme la decisión de la Cámara, que había resuelto que un grupo de ciudadanos no tiene derecho a impugnar judicialmente el derecho al aborto de miles de mujeres y personas gestantes”.